Cómo hacer un contrato de comodato

Los contratos aparecerán en la vida de cada persona como poco alguna vez en la vida. Ya sea por temas laborables, por ventas realizadas, compras, compraventas, temas legales… Hablando del tema de los contratos, hay que saber qué son cada uno y cómo son.

El término Comodato no está todavía muy familiarizado para mucha gente, pero, aunque suena un poco “raro” no deja de ser un contrato que es un préstamo. Así de simple.

Por tanto, que el término de contrato comodato, quede claro, que es un contrato en el que se otorga o se recibe, un préstamo. Una de las partes, deja un bien a cambio de que la otra parte la disfrute o haga uno, hasta un determinado momento. Cuando el plazo finalice, tendrá que devolverlo a su sueño.

Instrucciones para hacer un contrato de comodato

Las palabras en muchas ocasiones con tanto tecnicismo nos hace un poco complicado entender lo que quieren decir, pero hablando lo más claramente posible, viendo siendo como dijimos un préstamo, préstamo personal, etc.

Cuando se dice que el “comodante”, hace referencia a la persona que otorga/cede/entrega, etc. Algo al “comodatario”. Es decir, la persona que lo recibe. Ésta, disfrutará de ese objeto, bien, artículo, cosa… (llamadlo X) durante el tiempo que se estipule en el contrato y que le ha dejado la otra persona (comodante). Pero cuando ese momento llega, hay que devolverlo al dueño (a quien lo cedió).

Importante es saber, que, aunque pase a otras manos el objeto/cosa/llamadlo X la propiedad siempre seguirá siendo de la persona que lo prestó (no pierde esos derechos) aunque esté un tiempo determinado con otra persona o a nombre de otra persona. Esto también tiene sus “cosa” … porque a niveles legales, también el responsable será siempre el comodante.

Otra cosa muy importante que se debe valorar. Estos tipos de contratos son gratuitos. ¿Cómo? La persona que vaya a recibir el objeto/cosa no pagará absolutamente nada por él. Por eso mismo no podemos hablar en ningún caso de un alquiler. Porque de ser así, se debería pagar.

Aquí empiezan las dudas, preguntas, desconfianzas, etc. Entonces… ¿y sí no devuelven el objeto por el firmamos, cuando se dijo que lo haría o no quiere devolvérmelo o bien, lo hace devolviéndolo en unas pésimas condiciones…? No hay problema, porque en el contrato, si se le hace responsable de devolver la cosa/objeto en el plazo estipulado (que marque el contrato) y en las mismas condiciones que se lo entregaron/dejaron. De no hacerlo, entonces sí se le pedirían responsabilidades y tendría que pagar una X cantidad de dinero.

Como puede parecer un tema a priori un poco tedioso, vamos a poner un ejemplo que puede ocurrir en cualquier hogar en el día a día. Una familia que decide cambiar de compañía telefónica. Les ofrecen unas buenas tarifas y les interesa la oferta. Esta compañía le ofrece un teléfono inalámbrico de manera gratuita, mientras estén en su compañía de teléfono. Pero si deciden en algún momento cambiarse a otra compañía, tendrá que devolver a la compañía telefónica ese teléfono inalámbrico que en su día les habían prestado (porque nunca lo regalaron, recordad que era gratuito). Eso es un clarísimo ejemplo de un contrato comodato.

¿Cómo se ejecuta el contrato? En el momento que se hace entrega de esa cosa/objeto. Siempre, mediante la firma del contrato, cuando se realiza por escrito. Ya hemos dicho que es gratuito y puede empezar desde momento a utilizarlo y disfrutarlo la parte contraria (el comodatorio). Siempre deberá ser entregada/devuelta en el mismo estado en que se recibió. Si lee con más detenimiento se podrá leer que el objeto no se transmite completamente al comodato (no por lo menos su propiedad), solamente podrá disfrutar de su uso y disfrute.

Hay algunos casos que pueden darse y se deben valorar. Pongamos el caso que puede ser usual. Una pérdida de ese objeto. La voluntad será unilateral del comodante y del comodatario. A la hora de realizar la reclamación el comodante puede pedir la restitución de ese objeto que se prestó porque no había terminado el plazo firmado en el contrato, porque bien tiene todavía una necesidad de tener ese objeto…en esos casos deben reemplazarse por otros.

Un caso en el que muchos empiezan con problemas es en caso de muerte del comodatario. Claro, se pueden pensar muchos que dado que cuando se hizo el préstamo fue en concreto con un comodatario, si éste fallece, no hay que devolver el producto/objeto o no hay que hacerse cargo de ese objeto y, por tanto, pueden quedárselo para siempre sin problemas. A Contrato finalizado y problema resuelto. ¡No! En esos casos, son los herederos los que deberán hacerse cargo.

 

 

 

¿Que necesitas para hacer un contrato de comodato?

  1. Dos personas o empresas que ofrezcan algo que a la otra persona le pueda interesar o bien necesite.
  2. Siempre será algo gratuito (a efectos legales así debe ser) no tiene que pagarse nada de dinero por el disfrute de ese objeto/cosa.
  3. A efectos legales no hay que olvidar que a pesar de que haya un contrato, el objeto/cosa, siempre será de la persona que lo otorga o lo deja. Nunca del comodante.
  4. En el momento que venza el plazo estipulado, se interrumpa el contrato o no se quiera seguir con lo firmado/acordado, deberá devolverse al dueño original (el que siempre lo fue).
  5. Aunque esté disfrutando de ese objeto el comodante, nunca será esa persona el dueño original. Nunca tendrá la titularidad de esa cosa.
  6. Que nunca vaya a ser el propietario de ese bien no significa que a niveles legales no tenga que dar explicaciones o que pueda hacer y deshacer a su gusto rompiéndolo o haciendo desperfectos. La ley ampara en este sentido al comodante.
  7. Siempre es posible que varíen algunos términos del contrato, dependiendo del país donde se esté.
  8. Cuando el préstamo llega a su fin (lo que se haya firmado en el contrato) se puede restituir el producto.
  9. En algunos casos, es posible que el comodante pueda reclamar el objeto antes del tiempo acordado por contrato. Son casos excepcionales y deberían tenerse en cuenta las circunstancias que lo hacen excepcional, pero de ser así, el comodatario no se puede oponer y tiene que ceder a la reclamación.
  10. Se deberá hacer cargo de los gastos que puedan conllevar el uso de dicho objeto sin pedirle nada al comodante y deberá conservarlo en perfectas condiciones (las mismas en que las recibió).
  11. El comodatario es el que a efectos legales tendrá que responder si no utiliza de manera adecuada el objeto, lo rompe, lo destroza, lo cambia, lo pierde, se lo roban, no quiere devolverlo, etc.
  12. En algunos casos y dependiendo del objeto, si por un motivo concreto se necesitara reparar el objeto e invertir una cantidad de dinero en dicho objeto, deberá avisar al comodante para que éste lo sepa. Si ha sido un caso ajeno a él, debería hacerle el reintegro de los gastos o bien cubrirlos el mismo. Pongamos el mismo ejemplo que dimos anteriormente. Hemos procurado cuidar bien el teléfono que nos prestó la compañía de teléfono, pero por algún motivo, el teléfono no funciona adecuadamente. Como no funciona bien (pero no es nuestro) llamaremos a la compañía y avisaremos de lo que ocurre. Éstos valorarán el problema y decidirán. Podrá venir un técnico y valorar si el problema es ajeno a ellos o no y si reemplaza dicho teléfono sin coste alguno o bien, se debe abonar alguna cantidad de dinero porque consideran que ha habido algún tipo de manipulación externa a ellos.
  13. Son contratos que están regulados por la ley. Son por tanto contratos nominados o típicos. Un contrato que unilateral puede convertirse hasta en un contrato sinalagmático imperfecto (cuando se da el caso que el comodante tiene que indemnizar al comodatario para que conserve o arregle dicha posesión).

Consejos para hacer un contrato de comodato

Como en cualquier contrato o cualquier papel en el que debas firmar o dar tu consentimiento, lee muy bien siempre la letra pequeña. Tomate tu tiempo y lee detenidamente. Si hay algunos términos, planteamientos o aspectos que no entiendes, pregúntalos y que no te de vergüenza. Puede ser que creas que significa una cosa y sea otra muy distinta. Siempre se utilizan tecnicismos en estos contratos.

Intenta ser responsable con ese objeto/artículo. Si decides no utilizarlo o de repente no te interesa, ni lo vendas, ni lo prestes a terceras personas, etc. Porque ya estarías infligiendo las cláusulas del contrato que firmaste. Hacer esto, sólo puede traerte dolores de cabeza a ti, teniendo que reemplazar ese artículo, comprándolo nuevo (pagándolo de tu propio bolsillo), o pagando algún tipo de extra. Por tanto, evita dejárselo a otras personas (a terceros) sé responsable y si no estás interesado o no lo utilizas o bien lo guardas hasta que venza el contrato y lo devuelvas o por el contrario, devuélvelo.

Antes de arreglar ese objeto en el caso de que se produzcan fallos, se estropee o haya alguna incidencia, llámales. Tal vea resulte que ha sido así de repente y ha sido una urgencia por lo que no te de tiempo a llamarles antes de que lo arreglen, pero en esos casos posiblemente no quieran pagarte el arreglo y pueden no hacerlo.

 

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