Cómo recurrir una multa por botellón
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El fenómeno del botellón se ha extendido por numerosas ciudades y pueblos en toda España, como forma de reunión social sobre todo de los jóvenes, que de esta forma ahorran en tiempos que la gente joven dispone aún de menos dinero que en épocas pasadas, a la vez que entablan relaciones sociales en un entorno en el que comparten edad, aficiones, estudios, etc.. Son reuniones en las que es corriente que se produzcan aglomeraciones y que se celebren en lugares abiertos, como parques, solares, eras, plazas, etc…
En muchos casos, este “botellón” o reunión se acompaña de refrescos y diversas bebidas sin alcohol, pero es muy común que las bebidas sigan el patrón social general por el que los amigos y compañeros se reúnen en bares, cafeterías, pubs y discotecas para charlar y consumir alguna bebida con alcohol. Eso sí, sólo los mayores de edad lo pueden hacer en estos establecimientos.
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Sin embargo, el consumo de bebidas con alcohol en la vía pública, ya sea por menores o mayores de edad, está prohibido desde 1992 y es una infracción administrativa penalizada en la mayoría de ayuntamientos, por lo que es muy común que la policía muncipal se pase por los lugares donde tienen lugar los botellones e impongan una gran cantidad de multas por ello.
Tanto en un caso como en otro, te será muy necesario saber qué hacer y cómo recurrir una multa por botellón, y resolverlo de la mejor manera para ti.
¿Que necesitas para recurrir una multa por botellón?
- Comunicación oficial de la sanción
- Copia de la documentación del expediente sancionador
- Conocimiento de los plazos temporales
Instrucciones para recurrir una multa por botellón
- Multazos. Las sanciones por tomar bebidas con alcohol en la calle u otros lugares públicos eran altas, pero se endurecieron a mediados de 2013 en muchas comunidades autónomas, con multas que pueden ser en Madrid de 600 euros si se trata de un adulto y 500 si el multado es un menor de edad, que deberán abonar los progenitores. En caso de que se sea reincidente, se sumarán otros 500 euros por cada ocasión anterior en que la persona hubiera sido sancionada. En Barcelona las multas pueden ser de 750 € a 1500 €, y en ciudades más pequeñas entre 100 y 300 €.
- Validez de la versión policial. Aunque en general, la policía impone sanciones basándose exclusivamente en lo que percibe físicamente, es decir, por lo que ve y oye en el comportamiento de las personas a las que sanciona, o en su caso por el olor de lo consumido, cuando cree que huele a alcohol, o, evidentemente, por pillar in fraganti a los bebedores o con las botellas de bebidas alcohólicas en la mano o en su inmediatez, ya que no suele disponer de alcoholímetros -algo que viene demandando la Defensora del Pueblo-, su palabra prevalece sobre la de la persona sancionada, y su versión será la válida aunque el presunto culpable diga lo contrario, tal como se indica en la ley de Régimien Jurídico de las Administraciones Públicas de 1992.
- Plazo para recurrir. Se puede recurrir una multa por beber alcohol en la vía pública -por “hacer botellón”- en un plazo de unos 15 días, aunque es un periodo que puede variar en cada ayuntamiento -podrían ser 10 días-. Lo más habitual es que el agente de policía entregue en el acto dicha multa, aunque también puede que el ayuntamiento la envíe por correo certificado.
- Descuento del 40%. Si la multa se abona en ese mismo plazo de quince días a partir de recibirla, la persona sancionada puede abonarla y obtener un descuento en el importe de hasta un 50%, aunque es muy habitual el 40 %. Si no se paga en ese plazo de quince días, hay que hacerlo al 100 % de la cantidad señalada. Además, al pagarse, el ayuntamiento entiende que el infractor reconoce su culpabilidad y por tanto, no puede presentar ningún recurso contra la sanción. Lo que hay que tener en cuenta es que si se recurre y se pierde el recurso contra la multa, de deberá abonar el total de la misma, sin descuento alguno, lo que hace que muchos multados prefieran no arriesgarse y pagar con la bonificación mencionada.
- El recurso. Si se opta por presentar un recurso contra la sanción, uno de los motivos que se alegan más comúnmente es que la bebida no era alcohólica, dado que la policía no lleva ningún aparato de análisis de la bebida, y ante lo que diga el acta policial, se aduce que no se puede demostrar que se consumiera ninguna bebida con alcohol en la calle, plaza, puerta de un bar, etc. Es muy importante revisar el acta de la policía, dado que cualquier dato que refleje los hechos de forma que se pueda probar, o errores en la identificación, te servirán para que pidas la nulidad de la sanción.
- Plazo del Ayuntamiento. El Ayuntamiento debe contestar al recurso que presentes en sus oficinas contra la multa en un plazo máximo, que en muchas ocasiones es de seis meses -aunque lo recomendable es ir al ayuntamiento y pedir información sobre el expediente de la multa- y si no resuelve admitiendo el recurso o rechazándolo en el plazo debido, la multa caducará y no la podrá cobrar.
Consejos para recurrir una multa por botellón
- Si el Ayuntamiento no estima el recurso y se ratifica en la sanción, se puede continuar el recurso en los tribunales de lo contencioso-administrativo, pero este procedimiento tendrá un coste económico que muy probablemente será superior a la multa, además de que puede tardar un largo tiempo en que se dicte sentencia. Esto hace que una mayoría de sancionados no sigan la vía judicial.
- En muchos ayuntamientos se están reemplazando las multas por hacer botellón o consumo de alcohol en la calle por trabajos comunitarios, sociales o culturales, tal como ya se está haciendo en Santiago de Compostela y otras ciudades, fundamentalmente cuando se trata de personas jóvenes.
Hola. Injusto y comparto, mi hijo mayor de edad en una plaza por consumir una lata en una plaza de cerveza. Hace 5 meses de los hechos y me ha llegado a mi casa hoy. En la notificación no aparece ni la hora ni si era cerveza. Pone textualmente «Asunto: Consumo de bebidas alcoholicas en la vía publica» y 600 € Se puede recurrir pues un abuso sin pruebas espero me aconsejen.
La abogada.recurrio una multa de mi hijo por beber en la vía pública.y el ayuntamiento me va indemnizar por gastos de abogados.queria saber cuánto suelen indemnizar.. gracias un saludo
Ola la multa me ha llegado luego de 4 meses y a pagar 100% de la multa no he tenido otra carta y quiero saber si tengo derecho a pagar 50% de la multa en 15 días alo que me pide. La multa es por consumo de alcohol en vía publica .
Buenas, quién ha escrito todo esto???? Quién es este Félix????? No sé de dónde has sacado toda esta información pero estas un poco perdido y estás confundiendo un poco a los demás