Reglamento General de Vehículos – Todo lo que has de saber

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Todos los conductores deben conocer las diferentes disposiciones y lineamientos en torno a las diferentes leyes y normativas estipuladas, para evitar ser sancionados debido al desacato de estas, bien sea por causa de una omisión o por desconocimiento, considerándose vital que estos conozcan el Reglamento General de Vehículos.

De tal forma, el Reglamento General de Vehículos consiste en un Reglamento ejecutivo parcial, el cual sirve como un complemento de parte del Título I, así como el Título IV del texto articulado de la Ley de Seguridad Vial.

En otras palabras, en este reglamento se especifican algunos aspectos legales acerca de los asuntos vehiculares que no se expresan en esa normativa, especialmente en lo que se refiere a la circulación de vehículos.

Instrucciones

El Reglamento General de Vehículos establece normativas para diversos aspectos en lo concerniente a la circulación de vehículos, estableciendo entre varios aspectos, que para que estos puedan circular, deben haber obtenido previamente la correspondiente autorización administrativa, que sirve como un aval de que estos se encuentran en perfecto estado de funcionamiento.

Asimismo, los repuestos, equipos y accesorios de los vehículos, deben adaptarse a las características que se han establecido en las prescripciones técnicas que se conciben en este Reglamento.

De tal forma, se prohíbe que los vehículos que no tengan la debida autorización circulen y si estos lo hacen, bien sea porque no la obtuvieron, esta ha sido anulada, o se ha declarado que perdió su vigencia; se daría lugar a la su inmovilización hasta que se disponga de esa autorización, según lo que se establece en el presente reglamento.

Por otra parte, otra de las causas que existen para que se inmovilice un vehículo, es debido al hecho de que, durante el plazo de la suspensión cautelar de la autorización que se haya acordado en los procedimientos de nulidad, este haya circulado, lo cual traería como consecuencias como la anulación y pérdida de la posibilidad de que esta autorización tome nuevamente vigencia.

Así pues, en lo que se refiere a la potestad que tienen los conductores para arrastrar otros vehículos o remolques, si se diera el caso de que fuese un vehículo tractor, este tiene la potestad para arrastrar más de un remolque o semirremolque al mismo tiempo, salvo en las excepciones establecidas reglamentariamente.

Además, los vehículos de motor no deben remolcar a otro vehículo de motor, a menos que este se encuentre averiado o accidentado y por lo tanto, en ese momento, no pueda ser arrastrado por otro que esté especialmente destinado para esto.

Reglamento General de Vehículos

No obstante, este vehículo averiado debe llevarse a la localidad o lugar más próximo donde esté permitido que se quede inmovilizado, sin que circule por autopistas ni autovías, o entorpezca la libre circulación en la vía.

Por otro lado, en el caso de las motocicletas y los vehículos de tres ruedas, estos no podrán arrastrar ningún tipo de remolque o semirremolque, mientras que al tratarse de las caravanas y remolques ligeros, contarán con una tarjeta de inspección técnica que será expedida según lo dispuesto en la reglamentación vigente.

Que Necesitas

En cuanto al Reglamento General de Vehículos, este establece las condiciones técnicas que se necesitan para que un vehículo pueda ser matriculado o puesto en circulación, que se encuentre construido y mantenido de tal manera que, el campo de visión del conductor hacia adelante, así como hacia la izquierda y la derecha, permita que este posea una visibilidad diáfana sobre todas las vías que circule.

Por lo tanto, de acuerdo a su categoría, el vehículo debe tener uno o varios retrovisores. Asimismo, se debe procurar que los elementos transparentes del habitáculo que puedan afectar al campo de visión del conductor, no deben producir confusión en cuanto a los colores empleados en la señalización vial, ni deformar de un modo apreciable los objetos que sean vistos a su través.

Otros de los aspectos importantes en torno a los accesorios del vehículo, es que este deberá tener dispositivos limpiaparabrisas y lavaparabrisas en el caso de que, desde su puesto de conducción, el parabrisas tenga unas dimensiones y forma que afecten la visión delantera del vehículo debido a que, solamente se puede ver esta parte a través de los elementos transparentes del parabrisas.

Además, dependiendo de los reglamentos estipulados, los vehículos deben contar con dispositivos antihielo y antivaho, así como con mecanismos que permitan que el conductor mantenga la dirección del vehículo o pueda modificarla con rapidez, seguridad y facilidad.

Por otra parte, los vehículos deben estar provistos de un mecanismo adecuado que le permita al conductor mantener la dirección del vehículo, así como modificarla con facilidad, rapidez y seguridad.

De tal modo, todo vehículo de motor, con la excepción de los motocultores conducidos a pie, las motocicletas, así como los de tres ruedas simétricas en lo que respecta al plano longitudinal medio del vehículo, deben tener dispositivos retrovisores, que permitan ver la marcha atrás del vehículo desde su zona de conducción y accionando el motor.

Todo vehículo de motor, excepto aquellos motocultores que son conducidos a pie, deben contar con unas cornetas que emitan un sonido uniforme, continuo y de suficiente intensidad.

Reglamento General de Vehículos

Asimismo,  el órgano competente en materia de industria, será el encargado de autorizar la instalación de cornetas que sean emisoras de señales acústicas especiales en vehículos, los cuales deben tener el carácter de prioritarios para que cuenten con esa autorización.

Por otro lado, los órganos de mando y maniobra, deben estar montados y construidos de tal forma que durante la marcha, puedan ser consultados, identificados y accionados por el conductor de manera instantánea, sin que este sea en la necesidad de desatender la conducción del vehículo, al tener su cuerpo en posición normal.

A su vez, los órganos mecánicos y su equipo complementario, deben estar construidos y protegidos de una manera en la cual, durante su funcionamiento y utilización, no constituyan una amenaza para los usuarios de la vía pública, incluso cuando el vehículo se encuentre detenido.

Así también, cuando se trata de órganos motores, especialmente los tubos, depósitos y piezas que tengan materias inflamables, estos se deben haber construido, protegido e instalado de tal forma, que no representen una causa de peligro y se reduzca el riesgo de incendio o de explosión.

Además, la boca o tapón del depósito de combustible debe estar situada exteriormente a los recintos que estén destinados al conductor, viajeros y al compartimiento motor.

Por otro lado, todo vehículo de motor que sea capaz de alcanzar una velocidad que sea superior a los 40 kilómetros por hora en llano, tiene que estar provisto de un indicador de velocidad que señale los kilómetros por hora.  Asimismo, este tiene que llevar instalado un tacógrafo y limitador de velocidad si está dispuesto de esta forma en las reglamentaciones.

Otro aspecto a considerar es que los vehículos, así como los remolques y semirremolques, tienen que hallarse construidos con dispositivos como el de antiempotramiento, así como por medio de formas y características que ofrezcan una protección al empotramiento de vehículos, los cuales siempre tienen la posibilidad de chocar por su parte trasera.

Con respecto a los vehículos, remolques y semirremolques que se emplean para transportar mercancías, estos deberán tener un dispositivo de protección, así como otro de antiencastramiento delantero, en el caso de que esto sea exigido en las reglamentaciones.

Consejos

Uno de los consejos más importantes es que los conductores lean el Reglamento General de Vehículos, así como las otras leyes relacionadas con la circulación vehicular, en vista de que al hacer esto, pueden evitar situaciones incómodas, así como inconvenientes en lo que concierne a las penalizaciones y multas recibidas cuando infringen estas leyes estipuladas.

Asimismo, otro consejo es que, todo conductor debe conocer cuáles son las exigencias que se plantean según el tipo y modelo de vehículo que posee, para que las características de sus repuestos, dispositivos y accesorios, se correspondan con las establecidas en las reglamentaciones.

Por otra parte, todo conductor debe considerar que, el acto de conducir un vehículo de cualquier tipo conlleva una responsabilidad que debe asumir con prudencia, estando siempre alerta y vigilante en los caminos.

 

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