Excedencia de Funcionario – Todo lo que has de saber

A lo largo de esta entrada de don comos vamos a proceder a explicar todo lo que debes conocer sobre la Excedencia de Funcionario. Si habéis llegado a esta publicación es porque os genera curiosidad o les nace el interés de conocer este tipo de situaciones laborales. Las cuales se le pueden presentar a cualquiera de las clases de funcionarios existentes.

Tras esa introducción, vamos a comenzar explicando que es una excedencia de funcionarios. Esta situación se da cuando un funcionario de cualquiera delas clases existentes (Funcionario de carrera, personal laboral o funcionario interino). Decide por diversas circunstancias detener o paralizar sus actividades de forma temporal.

Las actividades profesionales que presta para el servicio de la administración pública. Se ven pausadas bajo motivos propios del funcionario (Mas adelante se explica detalladamente cuales son los motivos aceptados para una excedencia de funcionario).

Es así como se explica que es una excedencia de funcionario. Lo que se procede a redactar en el artículo serán una serie de puntos que, complementan la definición hasta ahora compartida.

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Motivos válidos para dar una Excedencia de Funcionario.

Hay que tener en cuenta que un funcionario podrá solo cesar sus actividades bajo las modalidades que se presentaran a continuación.

Excedencia voluntaria por interés particular.

Los funcionarios de carrera podrán obtener la validación de una excedencia voluntaria por interés particular siempre que se hayan prestado los servicios de forma correcta. Durante un periodo no menos a cinco años. Independientemente de la cual sector de la administración publica en la que labore.

No obstante, se debe tener presente las leyes de función pública que se establecen en la EBEP. En dicho reglamento se comenta la duración inferior al periodo de prestación del servicio en cuestión (Para el cual el funcionario ejerce). Y determina los periodos minios de permanencia para la misma.

Es importante resaltar que aquellos que soliciten una excedencia voluntaria por interés particular. Quedan exentos de reclamar retribuciones, ni les será computable el periodo de su ausencia. A efectos de trienios, ascensos y derecho de régimen de seguridad social que les sirva de ejecución.

Excedencia por razón de violencia de género.

Aquellas funcionarias que sea perjudicadas o estén padeciendo algún tipo de violencia de género en su ambiente laboral. Pueden solicitar este tipo de excedencias… Para poder ejecutar de forma exitosa su solicitud de protección, o reclamar por su derecho a la asistencia social integral. No es obligatoria cumplir un mínimo de tiempo prestando algún tipo de servicio laboral.

Durante su periodo de medio años (seis meses) las funcionarias oprimidas por este tipo de agradecieron tendrán el derecho a poder reservar el puesto que ejercen. Siendo sol computable ese periodo a disposición de su antigüedad, la carrera y los derechos del régimen de seguridad social que se apliquen.

También existe la posibilidad de habilitar una prórroga de tres meses más, siendo el máximo dieciocho meses. Manteniendo los efectos similares que nombramos anteriormente. A fin de asegurar el cumplimiento del derecho a protección de la víctima involucrada.

Excedencia por cuidado de familiares.

Los funcionarios de carrera gozaran de la posibilidad o derecho a poseer un periodo de excedencia que no sea superior a los 2 años. Siempre que el motivo de la solicitud de dicha excedencia sea con el fin de cuidar de un familiar, como lo puede ser el caso de un hijo. Independientemente de si se trata de un hijo sanguíneo o adoptivo. El periodo iniciara su cuenta desde la fecha de nacimiento del niño o en su caso, de la resolución judicial.

Este tipo de excedencias también serán aplicable para el cuidado de un familiar que presente una situación de dificultad médica. Siempre que el funcionario presente la justificación medica que confirme el problema médico de su familiar.

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Excedencia de funcionario por voluntaria por agrupación familiar.

Se permitirá la habilitación de una excedencia voluntaria por agrupación familiar. Sin la obligación de haber realizado servicios exitosos en cualquiera de los campos laborales o áreas de trabajo que conforman la administración pública. A lo largo del tiempo establecido a aquellos funcionarios  cuyo conyugue se encuentre en otra localidad. Pese haber conseguido y desarrollado un puesto de trabajo de comportamiento definitivo. Ya sea como funcionario fijo o de carrera en los organismos públicos o entidades que ejerzan el derecho público y que sean dependientes o estén relacionados a los organismos públicos.

Los que se encuentre bajo una situación de excedencia por agrupación familiar, quedaran exentos de retribuciones. Y tampoco les será computables el tiempo que permanezcan ausentes.

De esta manera concluimos con la entrada del día de hoy. Esperamos toda la información aportada os sea de gran utilidad y provecho. Podéis leer más de nuestro contenido en «Qué Es Una Negativa De Desempleo«.

 

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